CLAUSULA COMISION DE APERTURA

¿EN QUÉ CONSISTE LA CLAUSULA DE COMISION DE APERTURA?

Cuando un cliente solicita un préstamo, ya sea hipotecario o personal, las entidades bancarias incluyen una cláusula (Clausula de Comision de Apertura) por la que el cliente debe pagar los gastos de administración y gestión de la creación del préstamo. Estos gastos suponen un porcentaje de la cantidad del préstamo, normalmente será entre un 0,5% y un 3%.

¿POR QUÉ SE CONSIDERA UNA CLÁUSULA ABUSIVA?

Por un lado, la Cláusula de Comisión de Apertura se supone que cubre los gastos de una gestión que el consumidor no ha solicitado. Por otra parte, dicha cláusula no ha sido negociada de manera individualizada con el cliente y además no especifica en que consiste tal gestión como exige la ley.

Por estos motivos la Cláusula de Comisión de Apertura es considerada abusiva.

¿QUÉ PUEDO CONSEGUIR CON UNA RECLAMACIÓN?

Si reclamas con Abogados Derecho Consumidor, eliminaremos de tu préstamo la Clausula de Comision de Apertura y será declarada como nula. Además, el dinero que has pagado por dicha cláusula te será devuelto junto con los intereses legales.

¿QUÉ NECESITO PARA PRESENTAR LA RECLAMACIÓN DE LA CLAUSULA DE COMISION DE APERTURA?

En primer lugar necesitarás un despacho de abogados expertos en reclamación de cláusulas abusivas como Abogados Derecho Consumidor para que defienda tus intereses con las más altas posibilidades de éxito. Además, necesitarás:

La escritura del préstamo.

Documento que demuestre los pagos efectuados(recibos, movimientos bancarios, etc.).

Si has realizado una reclamación extrajudicial a la entidad financiera, necesitaremos una copia de la reclamación y de la respuesta.