CARTEL DE COCHES

¿QUÉ ES EL CARTEL DE COCHES?

Las actividades del cartel de coches comenzaron en el año 2006, cuando los principales fabricantes de coches se asociaron para realizar intercambios comerciales y estratégicos de información sensible con la intención de controlar el mercado del sector automovilístico. Este cartel de coches, llego a suponer hasta el 91% de la cuota de mercado, hecho que les otorgaba la posibilidad de realizar prácticas abusivas como establecer un sobrecoste en los productos y servicios del mercado.

Las prácticas ilegales de este grupo del sector de la automoción han provocado que haya miles de consumidores afectados. Sin embargo, a raíz de la sentencia de la Sala de Competencia del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que dictó resolución acerca del expediente S/0482/13 de Fabricantes de automóviles, las personas que se hayan visto perjudicadas por las actividades del cartel de coches tienen la posibilidad de reclamar una indemnización, ya que consta el reconocimiento del delito.

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¿ESTOY AFECTADO POR EL CARTEL DE COCHES?

Se han visto afectadas todas aquellas personas que hayan realizado alguna transacción comercial con alguna de las empresas que componen el cartel de coches durante el periodo en el que realizaron las prácticas ilegales. Las actividades del cártel comenzaron a principios del año 2006, y continuaron hasta mediados de 2013.

Las marcas que componen el cartel de coches son:

ALFA ROMEO

AUDI

BMW

CHEVROLET

CHRYSLER

CITROËN

DODGE

FIAT

FORD

HONDA

HYUNDAI

JEEP

KIA

LANCIA

LEXUS

MERCEDES

MITSUBISHI

NISSAN

OPEL

PEUGEOT

PORSCHE

RENAULT

SEAT

SKODA

TOYOTA

VOLKSWAGEN

VOLVO

Para poder reclamar una indemnización, las personas que compraron su coche durante este periodo deberán presentar la documentación que acredite la existencia de dicha transacción.

Si no estás seguro de ser uno de los afectados por el cartel de coches, puedes enviar la documentación necesaria a abogadosderechoconsumidor@gmail.com y lo comprobaremos de forma gratuita y sin compromiso.

¿COMO RECLAMAR POR EL CARTEL DE COCHES?

Como hemos visto, el primer requisito para reclamar una indemnización por los daños que ha causado el cartel de coches es disponer de la documentación que acredita que compramos un coche entre los años 2006 y 2013 a una de las empresas que componen el cartel.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA

Por un lado, serán necesarios los documentos que justifican la compra y el precio de la adquisición:

  • Factura de la compra
  • Documento que acredita la financiación destinada a la compra, si la hubo.

Por otro lado, serán necesarios los documentos que justifican las características del vehículo:

  • Ficha técnica del vehículo
  • Permiso de circulación
  • Tarjeta de transporte

Si cumplimos este requisito, el siguiente paso será cuantificar los daños. De ello se encargarán los peritos judiciales que, tras estudiar cada caso, elaborarán un informe pericial que determine la cuantía de la indemnización que nos corresponde. Este informe es de vital importancia para el éxito del proceso, ya que, teniendo en cuenta que las actividades ilegales del cartel de coches son un hecho que ya ha sido probado y sentenciado, este informe es el único requisito para el éxito del caso.

Por último, nuestros abogados deberán presentar una reclamación judicial contra la empresa perteneciente al cartel de coches que corresponda en nuestro caso.

Dada la viabilidad de este tipo de procedimientos, en Abogados Derecho Consumidor trabajamos con nuestros clientes con un porcentaje a éxitos. Es decir que, los honorarios del despacho, serán devengados de un porcentaje de la indemnización conseguida. Los honorarios no tendrán que ser aportados hasta que el cliente cobre su indemnización, y si nuestros clientes no cobran nosotros tampoco. 

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Qué indemnización puedo conseguir si reclamo al cartel de coches?

La compensación económica que recibiremos depende de muchos factores y su cuantía será determinada por el informe pericial. Sin embargo, se estima una media de un 10-15% de perjuicio medio. Por tanto, si por ejemplo adquirimos un coche por 15.000 €, nos corresponderán entre 2.000 y 3.000 €.

Mi coche cumplía los requisitos necesarios para reclamar, pero ya no lo tengo ¿Puedo reclamar?

En estos casos el procedimiento es distinto, pero aún es posible reclamar.

He comprado un coche para mi empresa mediante leasing/renting ¿Puedo reclamar?

En estos casos el procedimiento es distinto, pero aún es posible reclamar.

No tengo o no encuentro la documentación necesaria ¿Puedo reclamar al cartel de coches?

La documentación es imprescindible por lo que, si no la tienes, es necesario que la consigas, aunque debido al tiempo transcurrido, es posible que no guarden la factura. En este caso  tendrás que aportar cualquier otra documentación que lo acredite: albarán de entrega, justificante de pago, certificado de inscripción en tráfico, etc.

¿Qué plazo tengo para hacer una reclamación al cartel de coches?

El plazo establecido por la normativa para este tipo de procedimientos es de aproximadamente 5 años, a contar desde que la resolución es firme. Teniendo en cuenta que la sentencia se hizo firme en diciembre de 2019, tendremos de plazo para reclamar hasta el año 2025.

¿Cuánto puede durar este procedimiento?

Estos procedimientos judiciales son un proceso lento, por lo que podría durar algunos años.